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  • Tivantinib br Alegato y ret rica de

    2019-05-14


    Alegato y retórica de la violencia en la Brevíssima relación de la destruyción de las Indias En el año 1552 fray Bartolomé de las Casas, en Sevilla, se ocupa de dar Tivantinib la imprenta ocho de sus principales escritos, entre ellos la Brevíssima relación, compuesta diez años antes: “Y Tivantinib parecióle cosa conveniente ponella en molde, porque su alteza la leyese con más facilidad”, explica en su “Argumento del presente epítome” como asimismo en el “Prólogo” de la obra. Su interlocutor inmediato (su alteza) es el príncipe Felipe, más tarde Felipe II (1554-1598), en ese entonces a cargo de los asuntos que concernían a América; un aspecto, deliberadamente omitido por Las Casas, es que ninguno de aquellos textos poseía el correspondiente permiso previo del Consejo de Indias, carecían por lo tanto de licencia o aprobación oficial. Como observa el historiador Francisco Fernández Buey, un cambio de valoración se produce desde el momento en que Las Casas hace públicas por escrito sus opiniones: En el espacio que media entre un marco de oralidad legalmente aceptado por las autoridades reales a la publicación y circulación impresa de textos no autorizados, Las Casas calibra y privilegia el carácter perdurable de la letra impresa, su valor testimonial, su posibilidad de circulación (no sólo en el ámbito español, sino en especial en el territorio americano), si atendemos al significativo hecho de que la mayoría de estos escritos fueron llevados directamente a América por los misioneros que partían desde Sanlúcar para México y Perú. Pero además, como le reprocha tácitamente al príncipe en el prólogo, su necesidad de documentar por escrito las iniquidades de los conquistadores españoles en contra de los nativos constituye, asimismo, una firme solicitud para que Carlos V intervenga y ponga freno a las actividades de los encomenderos en América, a quienes Las Casas denuncia como “tiranos”. En este sentido la Brevíssima se erige como discurso jurídico por su carácter de documento legal bajo la forma de alegato, tal como se percibe a través de ciertas fórmulas y giros al estilo de sentencia judicial. Las Casas incluye en el entramado de su relato fórmulas retóricas jurídicas, que lo colocan frente a diastole las autoridades reales en un doble dominio, religioso y legal. La retórica forense señala que la palabra “alegato” proviene etimológicamente del latín allegatus y su significado es el de un discurso o exposición en el cual se discuten argumentos para favorecer o perjudicar a ciertas personas o grupos de ellas, en cuanto a su calidad humana y sus acciones. Los estudios de retórica forense coinciden en caracterizar al alegato como un texto que se organiza a través de la argumentación expositiva clara, precisa, bien fundada y centrada en un tema en cuestión. Las Casas adopta la fórmula jurídica de manera evidente en el prólogo de la Brevíssima relación. Como lo advierte André Saint-Lu, primero se exponen las razones objetivas que han de motivar la decisión de asumir la defensa de los aborígenes y la denuncia de las crueldades del conquistador; por un lado, los agravios padecidos por los nativos: “Considerando, pues yo (muy poderoso señor) los males y daños, perdición y jacturas (de los cuales nunca otros yguales ni semejantes se ymaginaron por hombres poderse hacer) […]”; y por el otro, la posibilidad de remediarlos poniéndolos en conocimiento directo del príncipe heredero: Finalmente declara el motivo ético que lo impele a presentar el memorial de denuncias y justificar ante el rey su decisión de imprimir el documento que, “puesto en molde”, se transforma en prueba material: Callar y no dar a la imprenta su escrito, se hubiera convertido, por omisión expresa, en un acto punible en sí mismo a la vez que habría colocado a Las Casas en el riesgoso rol (simbólico, ético) de “reo”, concediéndole a la autoridad real la función de juez. En tanto, imprimir su texto, aun sin contar con el adecuado aparato legal de los permisos y aprobaciones exigidos, excede el marco jurídico de su acción, transformando su “ofensiva publicística” —como la describe con acierto Fernández Buey—, en una intervención claramente política.